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02/12/2008 Menores. Régimen. Ley 22.278. Inconstitucionalidad. Revocación
La Corte Sup., en autos "García Méndez, Emilio y otra", revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal que declaró inconstitucional el régimen de menores de la ley 22.278.
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30/10/2008 Suspensión del juicio a prueba. Procedimiento. Resolución. Pedido formulado antes de la clausura del sumario. Juez competente. Juez de la instrucción
La C. Nac. Casación Penal, sala 4ª, en autos "Abraham, Alejandro S.", determinó, por mayoría, que el pedido de suspensión de juicio a prueba formulado antes de la clausura del sumario debe ser resuelto por el juez de instrucción; en disidencia, el Dr. Hornos consideró que el pedido debía ser resuelto por el tribunal de debate.
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04/11/2008 Sujetos procesales. Querellante particular. Delito contra la Administración Pública. Particular afectado por el delito. Legitimación
La C. Nac. Crim. y Corr. Fed., sala 1ª, en autos "Arriete, Fernando", revocó la resolución que no había hecho lugar al particular para constituirse como querellante en una causa por falso testimonio; el tribunal señaló que si bien el delito investigado afectaría el correcto funcionamiento de la administración de justicia, ello no impide que al mismo tiempo las consecuencias del accionar ilegal afecten directamente a quien pretende ser tenido como parte.
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03/07/2008 Contrabando. Importación mediante documentación falsa. Mandatario o gestor. Responsabilidad del agente de la sociedad importadora
La C. Nac. Penal Económico, sala A, en autos “Fojas SA”, determinó que el mandatario o gestor que importó mercadería mediante documentación falsa responde por contrabando aun cuando no revista la calidad de representante legal de la sociedad importadora.
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17/11/2008 Penas. Determinación. Pena mayor a la pedida por el fiscal. Validez. Antecedente condenatorio de más de cinco años de antigüedad. Cómputo a los fines de la reincidencia
El Trib. Sup. Just. Córdoba, Sala Penal, en autos “Almirón, Gustavo A.”, luego de determinar la validez de la imposición de una pena superior a la pedida por el fiscal, dejó sin efecto la declaración de reincidencia descontándola del monto de la pena- por haber transcurrido desde el antecedente computado más de cinco años.
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