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Legislación de Seguridad Social Ordenada
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Ley Española 26/2007. Responsabilidad Medioambiental
20/10/2008  Contrato de trabajo. Modalidades. Contrato de trabajo plural
La C. Nac. Trab. , Sala 8ª, en autos: “Pisan, Graciela S v. Maxima SA AFJP y otro” estableció que si se encuentra reconocido que la trabajadora prestó servicios simultáneamente durante la extensión de la jornada para ambas firmas, corresponde acoger la pretensión de cobro de diferencias en los salarios básicos.
17/10/2008  Procedimiento laboral. Nacional. Medidas cautelares. Intimación a jubilarse. Medida de no innovar fundada en posible “peligro en la demora” generado a partir de la propia intimación
La C. Nac. Trab. , Sala 6ª, en autos: “Quintana, Jorge A v. AFIP” establció que la vigencia de la intimación efectuada en los términos del art. 252 de la L.C.T. constituye un supuesto de peligro en la demora, ya que se encontraría afectada la vigencia del vínculo laboral.
25/11/2008  Procedimiento laboral. Competencia. Ejecución de recomendación de la OIT. Sujeto pasivo. Incumplimiento del Poder Ejecutivo nacional respecto de las recomendaciones de la OIT. Desestimación de la acción contra el Estado provincial. Competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Declinación
La Corte Sup., en autos "Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) v. Estado Nacional y otro (Provincia de Salta)", desestimó su competencia originaria y estableció que es el Estado nacional —en su condición de miembro de la OIT— quien en todo caso debe valorar los alcances de la recomendación que se intenta hacer valer, por lo que no puede exigirse a la provincia aquello que el Poder Ejecutivo nacional se opone a hacer.
30/09/2008  Contrato de trabajo. Contrato y relación de trabajo. Kinesiólogo afectado a plantel de fútbol profesional
La C. Nac. Trab., sala 8ª, 30/09/2008, en autos “Rojas, Esteban O. v. Blanquiceleste SA y otro”, estableció que no existe un vínculo autónomo e independiente en la prestación de servicios del kinesiólogo del plantel de fútbol profesional, ya que la exclusividad de hecho y la disposición que aquél tenía en la organización y dirección de las demandadas en cuanto al seguimiento del diagrama que cumplía junto al plantel profesional permiten excluir aquella hipótesis.
16/10/2008  Contrato de trabajo. Extinción. Despido sin causa. Emergencia. Duplicación indemnizatoria. Leyes 25.561, 25.972 y normas complementarias. Fecha de cese. Decreto 1224/2007
La C. Nac. Trab., sala 6ª, en autos “Farfan, Luis R. v. Soule SA”, estableció que el agravamiento indemnizatorio dispuesto por la ley 25.561 concluyó su vigencia el día 11/09/2007.
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